Pelagianismo

1. Pelagio y su doctrina

XXXXXEn el Occidente, entre los siglos IV y V tiene lugar la controversia sobre la gracia. Pelagio era un monje bretón que se instala en Roma desde fines del s. IV al año 410. La invasión de Alarico le hace huir a Africa. Tenía un discípulo fogoso llamado Celestio que contribuyó mucho a la difusión del pelagianismo. Ante la oposición de S. Agustín y otros huye a Palestina. Celestio permanece en Africa.

XXXXXEn su doctrina, niega el pecado original y su trasmisión desde Adán; no sería necesario el bautismo, ya que se puede vivir sin pecado con la sola libertad; profesa un naturalismo y moralismo racionalizante; la Redención pierde su fuerza.

2. Desarrollo histórico del pelagianismo

  • Celestio es excomulgado en Cartago (411).
  • Agustín, doctor gratiae, escribe contra el pelagianismo: De peccatorum meritis et remisione, De baptismo parvulorum (412), De spiritu et littera, De natura et gratia (415). S. Jerónimo escribe Dialogus contra pelagianos (415).
  • En Jerusalén, el obispo Juan, a pesar de la denuncia de Orosio (discípuilo de Agustín), no condena el pelagianismo (415).
  • En los sínodos de Cartago y Milevi (416) se condena a Pelagio y Celestio. Inocencio I (402-417) ratifica la condena, y S. Agustín dice: "causa finita est".
  • El papa Zósimo (417-418) reprueba la actitud demasiado rígida de los obispos africanos que en 418 se reunieron en Cartago para reafirmar su condena.
  • S. Agustín escribe su De gratia Christi et de peccato originali para aclarar el peligro del pelagianismo, y Zósimo escribe su Epistola tractoria intimando al episcopado a condenar el pelagianismo.
  • Sólo 18 obispos italianos, entre ellos Julián Eclana en Apulia (racionalista y conbativo) no la aceptaron.
  • S. Agustín escribe contra Julián De nuptiis et concupiscentia, y Contra Iulianum opus imperfectum.
  • Los pelagianos son acogidos por Teodoro de Mopsuestia y Nestorio.
  • En el Concilio de Efeso (431) también fueron condenados.

3. Doctrina de S. Agustín sobre la predestinación

XXXXXAntes de ser obispo, Agustín defendió la voluntad salvífica universal de Dios. Sin embargo, según Jansenio (hereje del siglo XVII), en sus últimas obras, defiende que Dios sólo quiere la salvación de los predestinados.

XXXXXHay que decir que esta teoría de S. Agustín (la predestinación) es verdadera si se refiere a "la voluntad salvífica consiguiente, o absoluta" (es decir, que Dios, al final, querrá que se hayan salvado los que se salvaron, y que se hayan condenado los que se condenaron), pero no si se refiere a la "voluntad antecedente y condicionada" (es decir que Dios no puede querer, de ante mano, que sólo se salven los que al final se salvarán; esto es de fe).

4. El semipelagianismo

XXXXXEsta doctrina surge entre los monjes de Lerins y Marsella. Casiano sostenía que el initium fidei es el fruto de la libertad personal. A esta doctrina se le llamó semipelagianismo en el siglo XVI. Es, como el semiarrianismo o el monotelismo, una doctrina de compromiso.

  • Algunos discípulos de S. Agustín (S. Próspero de Aquitania, y S. Hilario de Arles) lucharon contra los lerinenses.
  • S. Celestino I (422-432) envía una carta a los obispos de las Galias (431) alabando la doctrina de S. Agustín.
  • S. Vicente de Lerins, que escribe su Commonitorium adversus haereses, combate la doctrina de la gracia de S. Agustín.
  • Otros seguidores del semipelagianismo fueron Arnobio el Jóven (monje de Roma hacia el 450, oriundo de Africa) y Fausto de Riez.
  • Por fin, S. Cesareo de Arlés -aún siendo alumno del monasterio de Lerins-, en 529 reune el Sínodo de Orange (Arausicano II) que condena el pelagianismo, el semipelagianismo, y adopta un agustinismo moderado: Se declaró que el hombre con sólo su naturaleza es incapaz: 1) para merecer la gracia, 2) para hacer el bien sobrenatural, 3) para la primera gracia, 4) para la perseverancia final.
  • Bonifacio II (530-532) ratifica estas decisiones, concluyendo así la controversia semipelagiana.

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