AMPAROS DE TIERRAS DE DOÑA ELENA DE ARIZMENDI Y GOGORRÓN EN LA VILLA DE SAN MIGUEL EL GRANDE

* -Cfr. AGN, Tierras, 3663, 16, 28 fojas (año de 1629).

[f. 288 y 288v:] En la ciudad de San Luis Potosí en veinte y tres días del mes de abril de mil setecientos y cuatro años, ante el señor don Juan Orejón de la Lama y Medrano, regidor (…) se presentó esta petición que la presentó el capitán y sargento mayor don Diego de la Fuente Rincón, vecino y minero de esta ciudad de San Luis Potosí, familiar y alguacil mayor del Santo Oficio de la Inquisición y teniente de capitán general en las ausencias, enfermedades y vacantes del señor teniente capitán general de las Fronteras Chichimecas de esta Nueva España.

[Don Diego de la Fuente solicita los] amparos de posesión que se dieron en la jurisdicción de la Villa de San Miguel y San Felipe de pedimento de doña Elena de Arizmendi y Gogorrón, como mujer que fue de don Pedro Pérez de Bocanegra, en cuyo derecho es concedido y que la aprehendió en virtud de Real Provisión de la Real Audiencia de la Ciudad de México, despachada en diecisiete de agosto de mil setecientos y veinte y nueve años, para que fuera amparada en todas las haciendas, sitios y bienes de dicho su marido y sus hijos menores.

Y por contener dichos autos otras muchas posesiones de diferentes haciendas sólo necesito por ahora se me dé testimonio de amparo que se dio de las caballerías de tierras que están en la orilla del río de dicha Villa de San Miguel, como una legua de ella.

Presentado en dicha Villa de San Miguel en tres del mes de noviembre de mil seicientos y veinte y nueve años, se me den los traslados y testimonios en pública forma y manera que hagan que se me vuelvan los originales que en ellos recibiré merced con justicia que pido, y juro en dicha forma este mi pedimento y en lo necesario. Don Diego de la Fuente.

[A continuación se da razón del documento solicitado por don Diego de la Fuente].
En el documento de 1629 aparece Marcos Mexía de Bocanegra como apoderado y albacea de Pedro Pérez de Bocanegra y de Alonso Pérez de Bocanegra, abuelo de los menores, sobre la cuenta de los bienes que le pide. Pedro Franco es apoderado de doña Elena de Arizmendi y Gogorrón.

[f. 289v y 290] Pedro Franco dice que «durante el matrimonio que contrajo del dicho Pedro Pérez de Bocanegra con la dicha su parte, hubo y procreó en ella tres hijos legítimos a los cuales ha instaurado y nombrado por sus herederos de todos sus bienes sin haber dejado más hijos de este o de otro matrimonio, y para que hubiesen y tuviesen los bienes de dichos sus padres, fueron investidos en su posesión. En la Ciudad de México, a treinta días del mes de julio de mil seiscientos y veinte y nueve años.

Se menciona un pleito entre doña Elena, como tutora de los menores (representada por Pedro Franco) y Marcos Mexía de Bocanegra, albacea de Pedro Pérez de Bocanegra, sobre la cuenta de bienes que le pide y también la sigue con doña Beatriz Xaramillo, viuda del dicho don Alonso. Se despacho para que, como tutora, se le dé posesión. Dado en México en diecisiete días del mes de agosto de mil seiscientos y vente y nueve. Marqués de Cerralvo.

En la foja 291v aparece como testigo el Licenciado Pedro de Arizmendi y Gogorrón, presbítero [podría ser: presente, en lugar de presbítero].


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